martes, 8 de marzo de 2011

¿Cómo va la pena de muerte en México?


Antes que nada, leyendo a mis compañeros me di cuenta de que no están a favor de la pena de muerte, y uno de buenos argumentos…  como esta cita que haré:
“Debemos preguntarnos esto: ¿Si los mandamos a la pena de muerte, realmente somos mejores que los mismos victimas de este castigo? Yo digo que no, aunque no es doloroso, aun así, yo pienso que no se puede mandar alguien a la muerte, eso sería un acto sin moral, por lo tanto, no seríamos seres humanos.” –Kevin Sánchez-
No lo había visto así, al aceptar la pena de muerte, nos estaríamos convirtiendo en una de esas personas sin moral, a las que no les importa quitar una vida. Nuestro blog se llama “Pena de muerte en México” así que haré algo muy relacionado a esto… ¿Cómo va la pena de muerte en México?
Sin más que comentar… empiezo:
Para empezar la pena de muerte ha existido desde hace mucho, nos remontamos hasta Roma en donde un tal Perduellio fue condenado a muerte debido a que fue un traidor para su patria, tiempo después fue retomado por los emperadores y se imponía cuando el condenado era culpado por delitos sexuales, delitos contra la salud, contra el orden público o asesinatos. En aquel entonces la  forma de matarlos era “inhumana” la más conocida podría ser la hoguera. Cuando llegó el cristianismo la pena de muerte se abolió… pero esto no tiene nada que ver con México.
Curiosamente las culturas prehispánicas adoptaron este castigo, los aztecas  fueron uno de ellos y se caracterizaban por su brutalidad, los tarascos eran peores, en caso de adulterio mataban a la familia entera. Los mayas mataban al traidor de la patria.
Cuando los españoles llegaron y colonizaron, usaban la pena de muerte para los rebeldes por ejemplo, incluso después de haberse consumado la independencia, la pena de muerte seguía vigente y era aplicada a los enemigos políticos (Maximiliano de Habsburgo).

Actualmente, nuestra constitución prevé la pena de muerte, para los delitos más graves, en su artículo 22 el cual establece: "Quedan prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. No se considerará confiscación de bienes la aplicación total o parcial de los bienes de una persona hecha por la autoridad judicial, para el pago de la responsabilidad civil resultante de la comisión de un delito, o para el pago de impuestos o multas. Tampoco se considerará confiscación el decomiso que ordene la autoridad judicial, de los bienes, en caso de enriquecimiento ilícito, en los términos del artículo 109; ni el decomiso de los bienes propiedad del sentenciado, por delitos de los previstos como de delincuencia organizada, o el de aquéllos respecto de los cuales éste se conduzca como dueño, si no se acredita la legítima procedencia de dichos bienes. Queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar".
Esto significa que sigue vigente la pena de muerte, pero la razón por la que no se quiere llevar a cabo es por la moral, en donde se sabe que en caso de llevarse a cabo, resultaría en un movimiento social para detenerlo.
A este punto ya no sé si estar a favor o en contra… por un lado resultaría que tengo doble moral (cosa que reconozco) pero por otro no sería tan malo, pues al fin y al cabo ya no se pueden reintegrar a la sociedad.

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